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viernes, 24 de julio de 2015

Incendio de Neumáticos en Ardoncino, León. Una oportunidad para reflexionar sobre Seguridad.

El 20 de julio de 2015 se incendiaron parte de las pilas de almacenamiento de neumáticos fuera de uso (NFU`s) y sus derivados de caucho en la planta leonesa de RMD, Reciclaje de Materiales Diversos, situada en la localidad de Ardoncino, próxima a la capital Leonesa.
Cuatro días más tarde y con el penacho de humo aún presente en el cielo leonés, es preciso analizar con detenimiento el siniestro, analizando lo ocurrido, lo que pudo ocurrir y las posibles responsabilidades de los distintos agentes.

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Los hechos son los siguientes. Por razones aún no conocidas, y en las que se encuentran trabajando los equipos de investigación de las fuerzas y cuerpos de seguridad, varias de las pilas de almacenamiento de neumáticos de la empresa RMD comenzaron a arder alrededor de las 19:30 horas del 20 de julio. 
En pocos minutos se originó un gran incendio con una gran humareda de intenso color negro visible desde varias decenas de kilómetros. Las redes sociales se llenan rápidamente de mensajes de alarma y preguntas sobre el hecho.
Los mensajes sobre la posible toxicidad de las emisiones crecen de forma continuada. Aproximadamente a las 22:30 a través de la cuenta de twitter del servicio de emergencias 112 de la Junta  de Castilla y León se transmite un mensaje informativo a la población acerca del hecho, de las posibles consecuencias y de las medidas de precaución que la población debería tomar en caso de encontrarse en las proximidades del incendio o de la nube generada.
Casi a la misma hora el responsable del operativo declaró el nivel 2 de emergencia activando el Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León, PLANCAL.
Se requiere la activación  la Unidad Militar de Emergencias, UME.  A título informativo y para contar con una idea cuantitativa de la magnitud del incendio y del personal desplazado a la zona podemos realizar una enumeración de los equipos desplazados: 22 efectivos del Cuerpo de Bomberos de León, 61 efectivos de la UME con 61 vehículos desplazados, efectivos de la propia empresa, guardia civil, ambulancias, etc…
A fecha de 24 de julio, después de cuatro intensos días de trabajos de extinción y control, el fuego sigue activo.


La preguntas que cualquier ciudadano puede plantearse en este tipo de situaciones, y suponiendo en primer término que el incendio no haya sido provocado, podrían ser las siguientes:
¿La empresa debe cumplir algún requisito a la hora de planificar su actividad productiva?
¿Existe un Plan en la empresa para la gestión de este tipo de emergencias?
Una vez originado el incendio, ¿Cuales son los pasos que se deberían seguir?
¿Está la población expuesta a riesgos originados por el incendio? ¿Qué medidas se deben seguir? ¿Quien debe informar a la población?
Yo al menos me las planteo ante un incendio de estas características.


¿La empresa debe cumplir algún requisito a la hora de planificar su actividad productiva?
Reciclaje de Materiales Diversos, S.L., conocida como RMD, centra su actividad en el procesado de materiales derivados del caucho, como neumáticos, cubiertas aislantes de conductores, etc., obteniendo subproductos aprovechables en diversos sectores.
El Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso, establece los principios de actuación de las empresas o entes que manipulen este tipo de productos. Es interesante repasar el anexo en el que se especifican las Condiciones técnicas de las instalaciones de almacenamiento de neumáticos fuera de uso:


Las instalaciones de almacenamiento de neumáticos fuera de uso cumplirán, como mínimo, las condiciones y requisitos técnicos que se citan a continuación:
1. Ubicación:
La instalación estará situada a una distancia respecto a zonas forestales o herbáceas u otra instalación industrial que proporcione suficiente seguridad frente a la propagación de incendios, sin perjuicio del cumplimiento de las distancias exigidas por otras disposiciones vigentes.
2. Condiciones de admisión:
a) Sólo podrán almacenarse neumáticos fuera de uso que no estén mezclados con otros residuos o materiales.
b) Los neumáticos podrán almacenarse enteros o reducidos a trozos o gránulos o polvo.
3. Condiciones de almacenamiento:
a) La instalación será de acceso restringido y, por lo tanto, estará vallada o cerrada en todo su perímetro. La zona destinada específicamente al almacenamiento estará aislada de las demás dependencias de la instalación, si las hubiera.
b) La instalación estará dotada de accesos adecuados para permitir la circulación de vehículos pesados.
c) Estará protegida de las acciones desfavorables exteriores de modo que esté impedida la dispersión de los neumáticos en cualquiera de las formas en las que estén almacenados, es decir, enteros, troceados o reducidos a gránulos o polvo, o el anidamiento de insectos o roedores.
d) Estará dividida en calles o viales transitables que permitan circular y actuar desde ellos y aislar las zonas en las que se origine algún incidente o accidente.
e) El suelo de la zona de almacenamiento, accesos y viales estará, al menos, debidamente compactado y acondicionado para realizar su función específica en las debidas condiciones de seguridad y dotado de un sistema de recogida de aguas superficiales.
f) La altura máxima de los apilamientos de los neumáticos enteros almacenados en pilas libres, será de tres metros (3 m) y de seis metros (6 m) si están almacenados en silos, y estarán dispuestos de forma segura para evitar en lo posible los daños a las personas o a la instalación y sus equipos por su desprendimiento.
g) La zona específica de almacenamiento de los neumáticos enteros estará compartimentada en celdas o módulos independientes con una capacidad máxima de cada una de ellas de mil metros cúbicos (1.000 m3) para evitar la propagación del fuego en caso de incendio y con viales internos que permitan el acceso de los medios mecánicos y de extinción.
h) El titular de la instalación es responsable de los riesgos inducidos por aquella, entre los que, al menos, estarán incluidos los de incendio y vandalismo.
i) La instalación dispondrá de las medidas de prevención de los riesgos de incendio correspondientes según lo establecido en la normativa en vigor sobre protección de incendios, así como de las medidas de seguridad, autoprotección y plan de emergencia interior para la prevención de riesgos, alarma, evacuación y socorro.


Se puede observar como muchas de las condiciones especificadas están relacionadas con la prevención de incendios y la facilidad de su extinción.
Por lo tanto, RMD, si está obligada a cumplir una serie de condicionantes, que si bien no podrían evitar la aparición de un fuego, ocasionado por ejemplo por una tormenta eléctrica, si ayudarían a evitar su propagación y a combatirlo hasta su extinción. Los investigadores deberán comprobar el cumplimiento de esta normativa entre otras muchas.

¿Existe un Plan en la empresa para la gestión de este tipo de emergencias?
Dentro de las obligaciones de la empresa estaría la de contar con una adecuada planificación de los pasos a seguir en el caso de que se produzca un hecho como el acontecido. Lo que se denomina técnicamente un Plan de Autoprotección.
Los contenidos de este Plan son variados pero podemos resumirlos en algunos puntos fundamentales:


  1. Identificación de la actividad y de las instalaciones de la planta.
  2. Identificación de los medios de protección, su ubicación, programas de mantenimiento, etc…
  3. Evaluación de los riesgos inherentes a la actividad y de los riesgos externos.
  4. Formación de los distintos equipos de emergencia para la gestión de posibles incidentes y situaciones de peligro, estableciendo obligaciones y responsabilidades.
  5. Procedimientos de comunicación interior y exterior: quién debe transmitir la información de la emergencia, a quién, por qué medios, etc.
Este Plan debe ser conocido además por las autoridades competentes de la zona, es decir, debe registrarse en la Comunidad autónoma, entregado a los cuerpos de bomberos de la zona, a los equipos de protección civil, etc., además de ser actualizado periódicamente y ensayado mediante los simulacros necesarios.
Las autoridades deberán investigar la existencia de este Plan de Autoprotección y el seguimiento realizado.


¿Cuales son los pasos que se deberían seguir? ¿Está la población expuesta a riesgos originados por el incendio? ¿Qué medidas se deben seguir? ¿Quien debe informar a la población?
En el fuego originado el pasado lunes pasaron más de tres horas desde que conocido el alcance del siniestro se procedió a comunicar a la población a través de los servicios telemáticos del 112, un mensaje de twitter y un comunicado en la página web www.jcyl.es. En una sociedad interconectada como la actual parece un plazo demasiado largo. Los residentes en las poblaciones cercanas, así como todos los que alcanzaban a divisar las nube de humo negro generado, debían contar con información inmediata sobre el incendio, sobre la posible toxicidad de sus emisiones y los procedimientos a seguir para protegerse frente a los posibles peligros.
Los ayuntamientos cuentan con mecanismos de comunicación eficaces, o deberían, para informar a los vecinos de este tipo de incidentes.


En la combustión de los neumáticos  se originan productos contaminantes muy perjudiciales para la salud humana, entre ellos el Monóxido de carbono - Xileno Hollín - Óxidos de nitrógeno, Dióxido de carbono -Óxidos de zinc Benceno - Fenoles, Dióxido de azufre - Óxidos de plomo, Tolueno.El hollín contiene altas concentraciones de hidrocarburos aromáticos policíclicos, altamente cancerígenos. El zinc, en concreto, es particularmente tóxico para la fauna acuática. También tiene el peligro de que muchos de estos compuestos son solubles en el agua, por lo que pasan a la cadena trófica y de ahí a los seres humanos.


El hecho sucedido nos debe hacer reflexionar sobre la planificación de la seguridad en las empresas cercanas y en el resto de organizaciones o actividades que nos rodean.


Marcos Álvarez Diez
Director de Seguridad
Tec. Sup. Prevención de Riesgos Laborales
Máster Universitario EE.RR. Ingº. Electrónica Industrial y Automática.


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