Los promotores y organizadores de espectáculos
públicos o actividades recreativas se enfrentan en ocasiones con la necesidad
de contratar los servicios de empresas de seguridad privada con el fin de
contar con Vigilantes de Seguridad.
El Decreto Ley 3/2009, de 23 de
diciembre, de Medidas de Impulso de las Actividades de Servicios en Castilla y
León, que modifica, entre otras, disposiciones recogidas en la Ley 7/2006 deespectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Castilla yLeón establece que “en
aquellos espectáculos públicos y actividades recreativas realizados en
establecimientos públicos, instalaciones permanentes y no permanentes en los
que pudieran producirse concentraciones superiores a 300 personas, los organizadores de los mismos, así como, en su
caso, los titulares de los establecimientos públicos e instalaciones en los que
éstos se desarrollen deberán disponer, dentro del marco establecido en la Ley
23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, de personal encargado de
vigilancia al que encomendarán el buen orden en el desarrollo del espectáculo o
actividad, todo ello sin perjuicio de las medidas de seguridad adoptadas con
carácter general. Para el caso de producirse el acontecimiento en espacio
abierto esta obligación se origina a partir de 1.000 personas.”
Antes de la
contratación de estos profesionales es recomendable realizar una adecuada
planificación de las necesidades en materia de seguridad y emergencias, en
función de los riesgos evaluados, diseñando una adecuada estrategia en la que
se adopten medidas organizativas, técnicas y de contratación de personal.
En ibs ingeniería contamos
con profesionales, acreditados por el Ministerio del Interior, especializados
en gestión de riesgos, planificación de medidas de seguridad y emergencias que
pueden ayudar a promotores y organizadores a cumplir con sus obligaciones en
materia de seguridad y prevención.